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FNA:¿Cómo hacer un retiro por fallecimiento?

septiembre 18, 2018
FNA

DUELO.

El FNA es una organización comprometida con su clientela hasta en caso de duelo, que entiende el significado de una pérdida familiar al punto de no desproteger los intereses de sus miembros. Es por esta razón que creo un aval en el que el beneficiario financiero inscrito por consentimiento del afiliado podrá adquirir las cesantías cotizadas.

Este trámite es válido tanto para ciudadanos nacidos en el país como para extranjeros. Como resultado de este proceso se concede el depósito electrónico a la cuenta indicada por el beneficiario y el retiro por taquilla bancaria. Este procedimiento puede ejecutarse en cualquiera de las sedes desplegadas en todo el territorio nacional en atención a la clientela.

Documentación para la adquisición de cesantía por fallecimiento

Antes de iniciar el proceso debe seleccionarse el número de recaudos pertinentes de acuerdo al vínculo existente entre el fallecido y el posible futuro beneficiario. Hijos, cónyuge, compañero, padres, hermano y albacea son los perfiles dentro de la clasificación. Los antes mencionados deberán entregar el documento original que lo identifique como beneficiario. A diferencia del albacea que deberá constituir en el respectivo oficio al beneficiario.

También todos suministrarán la planilla de retiro de cesantías; copia del documento de identidad al igual que el acta de defunción original; documento de la declaración de extrajuicio que contenga dos testigos; documento de solicitud de publicación de edictos en caso de que aplique y el obituario en un medio de circulación nacional.

Asimismo consignar la sentencia judicial, la copia de la escritura pública o el trámite notarial de sucesión. En caso de presentar alguno de estos textos no se requerirán avisos de edictos. De igual forma la certificación bancaria y la facilidad de pago por taquilla y el documento autenticado de declaración de herederos en caso de que existan varios beneficiarios.

Proporcionar en caso de que aplique

Además proporcionar, en caso de que aplique, el levantamiento de la medida cautelar de embargo emitido por el juzgado para el saldo de cesantías y el anexo de paz y salvo o certificación del estado del monto, establecido por la organización respectiva para el saldo de cesantías. Para las cuentas individuales de cesantías pignoradas por préstamos educativos o hipotecarios gestionado por el FNA, deberá anexarle paz y salvo emitido por el FNA.

En caso de que aplique; copia del poder constituido mediante escritura; documento de poder con presentación personal y autenticación ante una notaría pública; tanto del beneficiario como del apoderado, y el documento de poder suscrito en el extranjero emitido por el organismo correspondiente al país de emisión. Existen documentos extras que deberán entregar los hijos como la copia original del registro civil de nacimiento.

En caso de los conyugues

Mientras que los cónyuges deberán entregar la copia original del registro civil de matrimonio; del registro civil de nacimiento del fallecido; y del acta de defunción de los padres. Entretanto los compañeros proveerán la declaración juramentada de convivencia; la copia del registro civil de nacimiento del fallecido y la copia de defunción de los padres.

En el caso de los padres, copia del registro civil de nacimiento del fallecido. En el de los hermanos, copia del acta defunción de los padres y la copia del registro civil de nacimiento del fallecido y de cada uno de los hermanos. Por último, el albacea dará la copia del registro civil de nacimiento del interdicto y de la sentencia donde se designa como administrador de bienes del o los beneficiarios consentidos por el miembro fallecido.

Elementos extras ante la adquisición de cesantía por fallecimiento en el FNA

Los recaudos antes mencionados servirán para analizar la honestidad del solicitante. Este hará uso de las facultades adquiridas en caso de cumplir con los lineamientos establecidos. Es por esta razón que si la cesantía es igual o mayor a cincuenta salarios mínimos. El beneficiario deberá entregar la sentencia o escritura pública y la repartición se hará de acuerdo a lo establecido en la misma. Por otro lado la publicación de los obituarios correrán por cuenta del FNA; si el miembro estaba desempleado, en caso contrario, deberá hacerlo el empleador. La acción a tomarse en cuenta deberá entregarse por escrito al beneficiario.

¿En caso de que no existan hijos de por medio entre el miembro fallecido y el cónyuge o compañero marital? Es necesario entregar los documentos de los padres del causante; y declaraciones extrajuicio que expresen la presencia o ausencia de hermanos del fallecido. Si hay sentencia judicial y/o copia original de la escritura o trámite notarial de sucesión también deberá entregarse donde se incluya la cesantía o ahorro voluntario expedido ante el FNA.

En caso de que los hermanos estén muertos, heredarán los hijos del miembro fallecido. Estos harán entrega de los documentos anteriormente mencionados. Y si el beneficiario correspondiente, sin importar el perfil que detente, hace entrega de la sentencia judicial y/o copia original de la escritura pública o el trámite notarial no deberán entregar: las declaraciones extrajuicio; registros civiles de nacimiento de los hijos o del consumidor financiero; registro civil de matrimonio ni declaración de convivencia del compañero marital.